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jueves, 16 de junio de 2016

Decreto Presidencial

     El 26 de enero del 2001 por medio del decreto N° 1.186 se crea el Instituto de Tecnología del Estado Bolívar


Decreto N°1.186


Hugo Chávez Frías
Presidente de la República


     En ejercicio de la atribución que me confiere el ordinal 24 del articulo 236 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con lo dispuesto en el parágrafo único del artículo 10 de la ley de Universidades y en los artículos 2° y 5° del reglamento de los Institutos y Colegios Universitarios, oída de la opinión del Consejo Nacional de Universidades.


Decreto:

Artículo 1°: Se crea el Instituto Tecnológico del Estado Bolívar, con sede en el estado Bolívar.



Artículo 2°: El régimen administrativo y docente y demás condiciones de funcionamiento se regirán por los reglamentos vigentes y por las normas que al efecto dicte el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.


Artículo 3°: Los gastos que ocasione el funcionamiento del Instituto Universitario de Tecnología del Estado Bolívar, serán imputados al presupuesto de gastos del ministerio de Educación, Cultura y Deportes.

Artículo 4°: El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes designará una comisión Organizadora que tendrá a su cargo la estructuración académico-administrativa del Instituto.



Artículo 5°: El ministro de Educación, Cultura y Deportes, queda encargado de la ejecución del presente decreto.


     Dado en Caracas a los veintiséis días del mes de enero de dos mil uno. Año 190° de la Independencia y 141° de la Federación. 



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