El 26 de enero del 2001 por medio del decreto N° 1.186 se
crea el Instituto de Tecnología del Estado Bolívar
Decreto N°1.186
Hugo Chávez Frías
Presidente de la República
En ejercicio de la atribución que me confiere el ordinal 24 del articulo
236 de la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en
concordancia con lo dispuesto en el parágrafo único del artículo 10 de la ley
de Universidades y en los artículos 2° y 5° del reglamento de los Institutos y
Colegios Universitarios, oída de la opinión del Consejo Nacional de
Universidades.
Decreto:
Artículo 1°: Se crea el Instituto Tecnológico del Estado
Bolívar, con sede en el estado Bolívar.
Artículo 2°: El régimen administrativo y docente y demás condiciones de
funcionamiento se regirán por los reglamentos vigentes y por las normas que al
efecto dicte el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Artículo 3°: Los gastos que ocasione el funcionamiento del
Instituto Universitario de Tecnología del Estado Bolívar, serán imputados al
presupuesto de gastos del ministerio de Educación, Cultura y Deportes.
Artículo 4°: El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes
designará una comisión Organizadora que tendrá a su cargo la estructuración
académico-administrativa del Instituto.
Artículo 5°: El ministro de Educación, Cultura y Deportes, queda encargado de
la ejecución del presente decreto.
Dado en Caracas a los veintiséis días del mes de enero de
dos mil uno. Año 190° de la Independencia y 141° de la Federación.

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